Derechos humanos en peligro: situación penitenciaria y acción criminal por parte del Estado en El Salvador (2019-2023).

Por Bautista Gonzalez Martos

Introducción

    El Salvador reúne numerosas excepciones a nivel académico, histórico y regional. Analizar un país como el que nos convoca es, como mínimo, complejo. En general, en los trabajos académicos, El Salvador se presenta como la excepción a las continuidades y rupturas que muchas veces se pueden establecer en la región. Los datos oficiales públicos del país no representan lo necesario para un análisis sistemático. En este sentido, solo a modo de ejemplo, el financiamiento político: no hay exactitud en el gasto electoral1. Por ello, resulta interesante un trabajo que pueda servir subsidiariamente para ahondar en el conocimiento sobre este país de la región y, además, que sea un aporte, desde una perspectiva de derechos humanos, al debate en torno a las recetas punitivistas.

     En el país analizado, se han esgrimido reformas penales de mano dura que incorporaron, por ejemplo, las figuras de detención por sospecha como una atribución policial. Esto no solo horada los derechos y las garantías del debido proceso sino que llevó a que, junto a Ecuador, El Salvador sea un país con los índices más alarmantes de sobrepoblación carcelaria. Además, presenta una tasa de homicidios que en 2007 ya era de 49,2 cada 100 mil habitantes.

      Lo que configura una historia de las distintas violencias en el país que se relaciona con las profundas desigualdades sociales existentes, las dictaduras militares que gobernaron en largos periodos en el país y la guerra civil desatada entre 1980 y 1992 que condujeron a implicancias sociales, culturales y económicas para los ciudadanos (Dammert, 2009).

       Ligado a esto último, en 2003 el gobierno sancionó la ley Anti Maras que -hablando de recetas de mano dura- baja la edad de punibilidad a 12 años y la introducción del “discernimiento de adulto”, que juzga como adultos a menores de 18 años que -vale recordar- según la ley internacional siguen siendo niños. Además, la sola pertenencia a una Mara fue definida como delito y una de las pruebas para ello era la presencia de tatuajes, por ejemplo2.

       Casi como una afirmación de honestidad intelectual, se deja en claro que el presente escrito no pretende una búsqueda de objetividad sino que, a través de la investigación y relevamiento de fuentes, ansía y aspira ser un aporte, desde una perspectiva de derechos humanos, al debate sobre el punitivismo en la región.

   Entendemos acá al punitivismo como una ideología dominante que normaliza ciertos tipos de violencias y prácticas cotidianas que alimentan una determinada forma de relacionarnos en el día a día que está muy arraigada no solo en nuestra cotidianidad sino también en los modelos de elaboración de políticas públicas alrededor de casi todos los países del mundo.

 

Antecedentes, Reformas estructurales y Situación
política comienzos del siglo XXI

      En El Salvador, la Alianza Republicana Nacionalista (ARENA) gobernó de 1989 a 2009 e implementó un programa neoliberal clásico de privatizaciones, apertura económica y una política monetaria orientada a la estabilidad de precios3. Por su parte, de 2009 a 2019 el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) relevó a ARENA y se pueden observar continuidades en políticas neoliberales en términos económicos y fiscales a pesar de emplear una retórica más de izquierda4. Por primera vez en más de dos décadas, en las elecciones de 2019 una tercera fuerza rompió el duopolio de la oferta partidaria, otorgándole la victoria al actual presidente salvadoreño.

      Nayib Armando Bukele Ortez, comenzó su carrera política en el FMLN y, luego de dos alcaldías en dos ciudades5, fue expulsado del partido acusado de violar los principios y estatutos internos partidarios (Laguan, 2017). En 2017 creó Nuevas Ideas, promoviendo una línea discursiva anti tradicionalista, anti establishment y anti corrupción. Dos años después, en la campaña presidencial asumió una retórica rupturista, innovadora, posicionándose en contra de la corrupción, prometiendo nuevas oportunidades económicas y un eje central en la seguridad. Además, su campaña otorgó un papel fundamental a las redes sociales, pilar clave en su éxito (Malamud, 2019). Obtuvo una victoria arrasadora por el 53% de los votos que lo hizo el presidente electo en primera vuelta y, a su vez, el más joven de la historia de El Salvador.

       En este sentido, se retoma el concepto de ciberpopulismo para analizar y calificar la emergencia de Bukele, a través de la conquista de estos espacios de disputa comunicacional, lo que pareciera confirmar que la verdadera presencia territorial no se basa en giras por las distintas localidades sino en que el mensaje del candidato cale profundo y tenga presencia efectiva en las comunidades (Baldovinos, 2021).

    ¿Cómo se explica este resquebrajamiento al tradicional bipartidismo arraigado de El Salvador por casi cuatro décadas?

       El país analizado tuvo su transición democrática al mismo tiempo que el resto de los países latinoamericanos en la década de los ‘80. Pero, fiel a lo que sentenciamos en la introducción, con excepciones, singularidades y particularidades solamente comparables con Nicaragua, Guatemala y Perú ya que dicha transición se hizo en plena guerra civil. 

      Con la flamante democracia, se configuró un régimen político dejando en el pasado a uno autoritario y siendo desplazado por un régimen de un marcado bipartidismo -con presencia de pequeños partidos solo en lo legislativo- que dio nacimiento a los Acuerdos de Paz que lograron establecer la democracia en El Salvador, lo que se rompió6 en 2019 con la victoria de Bukele mencionada.
Fue en el primer gobierno de ARENA que se firmaron dichos Acuerdos de Paz (1992). A partir de ello, de 1989 a 2009 se solidificó la hegemonía de esta alianza mientras que de 2009 hasta la elección de Bukele, el predominio del FMLN. En este sentido, Malamud (2019), caracteriza una crisis a nivel latinoamericano de los sistemas históricos de partidos que conlleva a la aparición de liderazgos caudillistas y de tintes demagógicos, habilitando el surgimiento de nuevos populismos.

    Sin embargo, ARENA y el FMLN en mayo del corriente año han anunciado una alianza para enfrentar al actual presidente (Maldonado, 2023).

      Esto más que una novedad, marca un caso más que confirma lo que a partir de 2015 se configuró en la región latinoamericana: la corrupción y la (in)seguridad como ejes centrales en lo político que condicionan las dinámicas, las competencias y las lógicas.

     Sin embargo, específicamente, ¿cómo caracterizar el ascenso de Bukele desde una dimensión politológica?

      Podemos decir que el giro a la izquierda (Paramio, 2006) que El Salvador tuvo a partir de fines de 2009 fue tímido y poco radicalizado. Se trató, en definitiva, más de un giro en círculo -con destino hacia la misma dirección- que una propuesta innovadora frente a los problemas presentes hasta hoy en día en la sociedad salvadoreña. 

    El FMLN no solo no cambió radicalmente la política del país sino que implicó más continuidades que rupturas con respecto a ARENA. Y acá es que se debe identificar la pertinencia e incumbencia del surgimiento de una alternativa que vemos hoy expresada en Bukele pero que a nivel fenomenológico no es más que la expresión de los sucesivos intentos fallidos del FMLN de consolidarse como una disrupción clara a ARENA. Contrario a esto, se mantuvieron (y en algunos casos se radicalizaron) las recetas de mano dura, las políticas de militarización junto a las negociaciones con las pandillas7.

     La sumatoria de desaciertos políticos a la hora de establecerse como oposición a ARENA junto a la falta de respuesta ante problemas de fondo como la corrupción, la situación migratoria, la planificación económica, el acrecentamiento de las pandillas y la conflictividad social hicieron lo que podríamos denominar el trampolín ideal para catapultar a Bukele al poder, ganando en primera vuelta en la elección presidencial de 2019. 

       Ello configura una nueva etapa en la historia de El Salvador. Y será la misma historia la encargada de dictaminar si se trata de una excepcionalidad o de una ruptura de fondo. Sin embargo, lo que hoy sí podemos ver es la aparición de un fenómeno novedoso a nivel político que avasalla contra los derechos humanos.

 

Desarrollo del tema

   El 27 de marzo 2022 la Asamblea Legislativa salvadoreña aprueba el régimen de excepción por treinta días y suspende garantías constitucionales mediante la prohibición de reuniones y asociaciones, la intervención de comunicaciones privadas sin orden judicial, ser informado de las causas de la detención de un ciudadano, a no ser obligado a declarar contra sí mismo, y a contar con la defensa técnica de un abogado/a (o sea, derechos procesales básicos). Luego de esta aprobación, por solicitud del gobierno encabezado por Nayib Bukele, la medida ha sido prolongada en 11 ocasiones por períodos de 30 días y tanto el presidente como su ministro de seguridad han manifestado las intenciones de hacerlo por todo el 2023.

    En el artículo 29 de la constitución salvadoreña avala y habilita el régimen de excepción siempre y cuando se presencie “guerra, invasión del territorio, rebelión, sedición, catástrofe, epidemia u otra calamidad general, o de graves perturbaciones del orden público”8

   Más allá del debate de la pertinencia jurídica de la instauración del régimen de excepción, estamos ante la presencia de un Estado con acciones criminales violatorias de los derechos humanos. Esto significa: el Estado de El Salvador frente a una real escalada de violencia criminal, optó por desconocer o desentenderse de las leyes vigentes y existentes para atender estos casos de aumento de las tasas delictivas y homicidios.

    El Estado de El Salvador no solo se encuentra acorralado al no poder garantizar la defensa del derecho a la vida y la integridad física de sus ciudadanos sino que también se convirtió él mismo en un actor con acciones criminales que desconoce normativas internacionales, locales y las instituciones previamente existentes.

      A partir de lo decretado se han producido, según cifras oficiales, más de 67.000 detenciones para marzo del 20239. Las cuales afirman que han sido arbitrarias al nivel de efectuarlas porque la persona tenía tatuajes, o antecedentes penales o porque residía en un territorio controlado por una pandilla (Amnistía Internacional, 2023). Luego, miles de estas personas han sido procesadas incumpliendo la mayoría de sus derechos: el contacto con sus abogados, el acceso al expediente de caso, la información sobre los motivos de su detención o el derecho a ser oídas en la vista de acusación formal.

   Además de que la mayoría de esas detenciones son arbitrarias e indiscriminadas, hay casos de desapariciones forzadas de personas. Por otro lado, de esos 67.000 detenidos, al menos 1600 son menores de edad.

    Junto a esto, la Asamblea Legislativa ha sancionado enmiendas procesales y penales que desde el derecho internacional alarman ya que habilitan celebrar vistas y dictar condenas sin que la parte acusada estuviera presente, no revelar la identidad de los jueces, y suprimir los periodos máximos de detención en espera de juicio, lo que fue denunciado por Amnistía Internacional.

   Por ello, la ONU ha instado al Estado de El Salvador a que cumpla con todas las garantías fundamentales requeridas por el derecho internacional de los derechos humanos relativas al debido proceso.

    Se han presentado más de 4000 habeas corpus a la justicia salvadoreña. La Corte Suprema aún tiene sin resolución más de 3518 (un 78% del total), según el Centro de Asesoría Legal Anticorrupción (ALAC).

     Una vez detenidas, las personas sufren las peores condiciones de vida por escasez de alimentos, graves problemas de saneamiento e higiene. Los centros penitenciarios del país cuentan con superpoblación y hacinamiento. Según Amnistía Internacional, tras revelar cifras oficiales del país, al concluir el 2022 había más de 94.000 personas recluidas, pese a que las prisiones tenían capacidad para albergar a 30.864. Sumado a esto, desde el inicio del régimen de excepción, fallecieron 160 personas bajo custodia del Estado (Cristosal, 2023).

     Esto configura un escenario que nos permite afirmar que la tortura y los malos tratos son una acción criminal por parte del Estado de El Salvador.

   Por su parte, el Estado salvadoreño ha afirmado frente a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH, 2023) que sus estrategias de enfrentamiento a la escalada criminal se adaptan al respeto de postulados constitucionales y a los estándares internacionales de derechos humanos, sumando que no se trata de combatir un fenómeno de crimen común sino acciones criminales de afectación sistemática, por ello la fundamentación de la sanción del Plan Control Territorial lanzado el 20 de junio de 201910

    Sin embargo, la CIDH reconoció que en los últimos 12 meses se presentó una reducción de la tasa de criminalidad pero que la suspensión de derechos y garantías, especialmente cuando aplicada de manera indefinida, constituye un mecanismo inadecuado para enfrentar el crimen. En este sentido, recordamos que la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) en su artículo 27.1 si bien habilita la suspensión excepcional de derechos y libertades, los gobernantes no gozan de poderes absolutos para establecer las medidas restrictivas.

     Incluso ante situaciones alarmantes como las presentadas en El Salvador, los Estados en este caso -y en todos- deben adaptarse a las exigencias de las normativas de corte internacional en materia de derechos humanos que han sido contraídas voluntariamente. Esto quiere decir que si el Estado salvadoreño identificó una perturbación a la paz por grupos terroristas, no puede él convertirse en un actor criminal para combatir las acciones delictivas de su territorio y tiene la obligación de garantizar el derecho a la vida, a la integridad física, las garantías judiciales básicas e indispensables de todas las personas.

   Tanto la prevención como la erradicación del crimen es tarea del Estado, pero ello bajo ningún punto de vista puede hacer que la respuesta estatal a la violencia sea multiplicar la violencia.

    Jakobs (2007) sostiene que el Estado tiene dos opciones para proceder con los delincuentes: por un lado, puede concebirlos como personas11, que han cometido un error, o como individuos a los que hay que impedir mediante coacción que destruyan el ordenamiento jurídico. Entonces, se plantean dos tipos de derecho penal: por un lado, el derecho penal del ciudadano y, por otro, el del enemigo. En el primero, la función manifiesta de la pena es la contradicción. Mientras que en el derecho penal del enemigo la función de ésta es la eliminación de un peligro.

  En el derecho penal del enemigo, encontramos tres principales características: primero, un adelantamiento de la punibilidad donde la perspectiva del ordenamiento jurídico-penal es prospectiva (o sea, se toma como punto el hecho futuro y no el hecho cometido). Segundo, las penas previstas son desproporcionadamente altas. Y, por último, determinadas garantías procesales son relativizadas o incluso suprimidas.

   Nada pareciera encajar más equivalentemente con la situación antes descrita que el derecho penal del enemigo y El Salvador.

     En este sentido, sumamos otro concepto al análisis del caso: el populismo punitivo, el cual puede definirse como la batería de políticas, retóricas y discursos que buscan un endurecimiento de las penas y medidas represivas para responder a la criminalidad y, generalmente, se dan en respuesta a apaciguar el fervor de las demandas populares y el sentimiento de inseguridad (Pratt, 2007). Concepto equivalente puede ser el acuñado por Bottoms (1995) de punitividad populista. En este sentido, el castigo o la pena parecieran fundamentarse, justificarse y legitimarse más por un sensacionalismo o reclamo popular más que por teorías jurídicas o sociológicas.

   Ligado a esto último, la recepción de las medidas adoptadas por Bukele podrían tildarse de populares12 a pesar de representar una violación sistemática -como mínimo, preocupante- a los derechos humanos.

 

Algunas Conclusiones

   La cultura del castigo ha calado hondo y profundo en el imaginario colectivo como algo eficaz. Se convirtió en dominante y va en contra de la paz, no corre a favor de la garantía de derechos ni de la justicia restaurativa. 

   En la introducción de nuestro trabajo, hemos definido al punitivismo. Además, creemos que éste tiene fuertes limitaciones y carencias a la hora de resolver problemas con claras consecuencias negativas sobre la vida de las personas porque prioriza el castigo y, en algún punto, se convierte en abuso: se apela a medidas de dolor, de castigo a nivel macro y micro (aprisionamiento como pena prototípica en toda la región, cuerpos policiales militarizados, videovigilancia, entre otros).

  La solución no parece ser a corto plazo. La situación del país latinoamericano reúne una gravedad que debe abordarse integral, transversal e interdisciplinariamente de manera urgente. 

     Pratt (2007) afirma que en el discurso del populismo punitivo las recetas planteadas por los gobiernos calan hondo ya que los problemas de la delincuencia parecieran tener soluciones obvias. Sin embargo, Tyler y Boeckmann (1997) plantean que el acrecentamiento de esta retórica y el sentir punitivista se funda en una percepción más general sobre un declive de la cohesión social y no necesariamente se vincula con los niveles de delincuencia imperantes. Por ello, este discurso y sentimiento está ligado al castigo como medio constituyéndose éste como el más obvio e inmediatamente disponible para la restauración del orden y la autoridad. 

   Así, se entiende que en tanto y en cuanto se propicie y crezca la desintegración de la cohesión social (Durkheim, 1964), más calarán hondo los reclamos de las recetas punitivas de castigo: no como respuesta a la delincuencia, que incluso puede estar estadísticamente en baja13, sino como forma de ofrecer consenso, homogeneidad y uniformidad.

  El populismo punitivista se configura entonces como un pedido de crueldad, ya que siempre ésta se ejerce sobre un otro, construído como lejano y distante.

     El éxito del punitivismo no es más que la expresión del fracaso del Estado en la prevención y en asegurar la paz. Este modelo de resolución de conflictos es estigmatizante, apela a lo individual y no se propone ver las causas subyacentes de las violencias y de sus distintos tipos. Aborda todo de la misma manera: castigando.

    Además, alimenta un espiral de violencia sin fin en el que pareciera que hay que volver a defender cuestiones básicas ya garantizadas hace bastante tiempo: todos tienen derecho a un abogado defensor, está mal que te linchen, que te busquen a tu casa sin orden judicial. En fin, la reapertura de viejas heridas.

 La emergencia de un líder como Bukele es identitariamente antidemocrática. En línea con Baldovino (2021) esto no hace más que refrescar y llamar la atención de que si la satisfacción de demandas sociales no se traduce en un sujeto político capaz de incorporar una cultura democrática, esto acarrea peligrosas y alarmantes derivas autoritarias. 

   En un primer acercamiento a una conclusión, esto no debería ser más que un llamado a la movilización popular y la lucha para retomar los Acuerdos de Paz y arribar a una versión local de liberación nacional.


  1. En este sentido, se pueden consultar dos artículos: Artiga González, Á. (2011). La financiación de los partidos políticos en El Salvador, en Daniel Zovatto y Pablo Gutiérrez (eds.), Financiamiento de los partidos políticos en América Latina, México, OEA, IDEA, UNAM, pp. 271-296. Y también: Organización de los Estados Americanos. Secretaría General. Política, dinero y poder. Un dilema para las democracias de las Américas / coord. de Dante Caputo. — México : FCE, OEA, 2011 163 p. ; 26 × 19 cm — (Colec. Política y Derecho) ISBN: 978-607-16-0655-6. Disponible en https://www.oas.org/es/sap/docs/oea_poliit_dinero_poder_s.pdf
  2. Se recomienda fervientemente Amaya, Edgardo (2005). Las políticas de seguridad en El Salvador 1992-2002 en: Dammert, Lucía y Bailey, John (coords.). Seguridad y Reforma Policial en las Américas: Experiencias y desafíos, Siglo XXI, México D.F, México.
  3. Ver: Schachter, S. (2016). El PRO y la derecha latinoamericana. Para Herramienta: revista de debate y crítica marxista. Disponible en https://www.herramienta.com.ar/?id=2519
  4. Para ahondar en esto, se recomienda: Álvarez, M. (2011). De Guerrilla a Partido Político: El Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN). Universidad de Colima, México. Disponible en: https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/3604236.pdf
  5. Por este pasado de Bukele, se lo puede caracterizar como un “falso outsider” emparentado con Bolsonaro en Brasil y López Obrador en México. Para más, consultar MALAMUD, C. (2019). Elecciones en El Salvador (2019): un fiel reflejo del momento político latinoamericano. ARI 13/2019 – 31/1/2019.
  6. Bukele anuló los Acuerdos de Paz y los calificó como una “farsa”. Ver https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-59992510 y http://diario1.com/politica/bukele-guerra-y-acuerdos-de-paz-fueron-una-farsa/
  7. En relación a esto, recientemente en mayo del 2023 el expresidente Mauricio Funes y su ministro de Seguridad David Munguía Payés fueron condenados por negociar una tregua con las pandillas. Funes se convirtió así en el segundo presidente salvadoreño condenado por violar la ley durante su mandato (2009-2014).
  8. El texto completo de la norma se puede consultar en https://www.oas.org/dil/esp/constitucion_de_la_republica_del_salvador_1983.pdf
  9. Este dato fue extraído del Decreto Ejecutivo N° 719. https://www.ohchr.org/es/press-releases/2023/05/el-salvador-extended-state-emergency-undermines-right-fair-trial-un-experts
  10. Consultar el sitio oficial: https://www.presidencia.gob.sv/en-el-tiempo-que-lleva-el-gobierno-del-presidente-nayib-bukele-el-plan-control-territorial-es-la-mejor-defensa-del-pueblo-ante-la-agresion-de-las-pandillas/#:~:text=El%20Plan%20Control%20Territorial%20fue,cuales%20cinco%20han%20sido%20lanzadas.
  11. Además, para el autor solo es persona quien ofrece una garantía cognitiva suficiente de un comportamiento personal. Para un desarrollo de esto, ver la obra referenciada debidamente.
  12.  Nayib Bukele se estima en una imagen positiva alrededor de un 80% y ha sido tildado como “el dictador más cool de América Latina”. Ver, por ejemplo; https://www.notimerica.com/politica/noticia-bukele-cuenta-80-ciento-aprobacion-salvadorenos-20190704120745.html  y https://directoriolegislativo.org/es/como-nayib-bukele-se-esta-convirtiendo-en-el-dictador-mas-cool-del-mundo-mundial/#:~:text=El%20Salvador-,C%C3%B3mo%20Nayib%20Bukele%20se%20est%C3%A1%20convirtiendo%20en%20%E2%80%9Cel%20dictador%20m%C3%A1s,estado%20democr%C3%A1tico%20y%20de%20derecho.
  13. En este sentido: “Aunque entre enero y octubre de 2018 los crímenes experimentaron una reducción del 16% [en El Salvador], comparado con el mismo período de 2017, la percepción ciudadana va por un sendero diferente: el 62% de la ciudadanía cree que la delincuencia no sólo no disminuye, sino que está aumentando.” (Malamud, 2019. p.10)

Bibliografía

AMNISTÍA INTERNACIONAL. (2023) El Salvador: A un año del régimen de excepción, las autoridades cometen violaciones de derechos humanos de forma sistemática. 3 de abril de 2023. Consultado en https://www.amnesty.org/es/latest/news/2023/04/el-salvador-state-emergency-systematic-human-rights-violations/ (última consulta 05/06/2023).

BALDOVINOS, R. (2021). Nayib Bukele: populismo e implosión democrática en El Salvador. Universidad Centroamericana José Simeón Cañas. Revista Andamios. Volumen 18, Número 46, mayo-agosto, 2021, pp. 233-255.

BOTTOMS. A.(1995). The philosophy and politics of punishment and sentencing. en C. Clarkson y R. Morgan (eds.) The Politics of Sentencing Reform, Oxford, Clarendon Press.

CIDH. (2023). CIDH llama a El Salvador a restablecer los derechos y garantías suspendidos hace un año por el régimen de excepción. 6 de abril de 2023. Consultado en https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2023/058.asp (última consulta 29/05/2023).

CRISTOSAL. (2023). Un año bajo el régimen de excepción: una medida permanente de represión y de violaciones a los derechos humanos. San Salvador, 12 de mayo de 2023. Disponible en https://cristosal.org/wp-content/uploads/2023/05/Informe-1-ano-regimen-de-excepcion_digital.pdf?fbclid=IwAR1yF4olxKyweTudHz-7cqryHUe5HldoWI-MtKsCegl36vvUWLj_5UQrlrE 

DAMMERT, L. (2009). ¿Duros con el delito?: populismo e inseguridad en América Latina. Santiago, Chile: FLACSO-Chile, 2009. 112 p. ISBN: 978-956-205-245-0 (Reporte del Sector Seguridad en América Latina y el Caribe; N°7)

DURKHEIM, E. (1964). Las reglas del método sociológico, Editorial Dédalo, Buenos Aires, 1964.

JAKOBS, G. (2007). Derecho penal del enemigo, Hammurabi, Buenos Aires. Para La Prensa Gráfica. Disponible en https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Nayib-Bukele-expulsado-del-FMLN-20171010-0075.html (última consulta 05/06/2023)

LAGUAN, J. (2014). Nayib Bukele, expulsado del FMLN por estas razones

MALAMUD, C. (2019). Elecciones en El Salvador (2019): un fiel reflejo del momento político latinoamericano. ARI 13/2019 – 31/1/2019. Consultado en https://www.realinstitutoelcano.org/analisis/elecciones-en-el-salvador-2019-un-fiel-reflejo-del-momento-politico-latinoamericano/ (última consulta 07/06/2023)

MALDONADO, C.S. (2023). El FMLN se une a la derechista Arena para enfrentar a Nayib Bukele en 2024 en El Salvador. Para El País. Disponible en https://elpais.com/internacional/2023-05-23/el-fmln-se-une-a-la-derechista-arena-para-enfrentar-a-nayib-bukele-en-2024-en-el-salvador.html (última consulta 29/05/2023)

PARAMIO, L. (2006). Giro a la izquierda y retorno del populismo, en Nueva Sociedad Nº

205, Buenos Aires, septiembre-octubre de 2006.

PRATT, J. (2007). Penal Populism. London, Routledge.

TYLER, T.R. y BOECKMANN, R.J. (1997). Three Strikes and You Are Out, but Why? The Psychology of Public Support for Punishing Rule Breakers. Law & Society Review, 31, 237-66.

Zeen is a next generation WordPress theme. It’s powerful, beautifully designed and comes with everything you need to engage your visitors and increase conversions.

Más artículos
Embriaguez digital: Las lógicas de (auto)dominación de las redes sociales en el panóptico digital
A %d blogueros les gusta esto: